Exención Parcial o Total en el Pago

Exención Parcial o Total en el Pago

  • Presentar solicitud escrita a la Junta Directiva del Colegio, exponiendo los detalles del caso.
  • Presentar certificaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social, que certifique que no tiene patrono y que no es patrono.
  • Presentar certificación de la Caja Costarricense o del patrono que indique el salario que gana actualmente.
  • Presentar declaración jurada en la cual el interesado se compromete a informar al Colegio el momento en que se resuelva su problema de subempleo o desempleo.
  • Fuente: Acuerdo N°21 de la Sesión N°06-96, celebrada por la Junta Directiva el 25 de marzo, 1996 y acuerdo N°13 de la Sesión N°14-96, celebrada por la Junta Directiva el 12 de agosto, 1996.