Los miembros integrantes de este Colegio están obligados a pagar una cuota que se destina para formar el Fondo de mutualidad y subsidios; ese fondo está administrado por una Junta Administrativa de conformidad con las disposiciones de la Ley y su Reglamento.
No obstante, los colegiados mayores de sesenta años y aquellos otros que, temporal o permanentemente, a juicio de la Junta Directiva, merecieran trato de excepción estarán exentos de contribuir para el Fondo de mutualidad y subsidios.
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