Pago de Beneficiarios FMS POR DEFUNCIÓN

Fuente: Artículo 12 del Reglamento Interno del Fondo de Mutualidad y Subsidios, aprobado en la Asamblea General Ordinaria N° 93, celebrada el 31 de enero de 1987.

Pago de Beneficios Económicos del Fondo de Mutualidad y Subsidios por Defunción del Colegio

  • Presentar copia del acta de defunción del colegiado fallecido.
  • Presentar carta en original firmada por el beneficiario debidamente autenticada, solicitando el pago de su derecho.
  • Presentar la cédula de identidad del beneficiario en original y copia por ambos lados para su respectiva verificación.